Siguiendo diversos reglamentos [(CE) n ° 41/2009, (UE) n ° 1169/2011, (UE) n ° 609/2013, (UE) n ° 828/2014] información para consumidores sobre datos de alimentos se han vuelto más y más precisos.
Estas regulaciones definen claramente qué es el gluten, en qué alimentos se encuentra y cómo debe etiquetarse.
Esto define el umbral de contenido de gluten para un producto declarado "libre de gluten" a 20 mg / kg (= 20 ppm). La mención "contenido de gluten muy bajo" se acepta cuando el producto terminado que contiene gluten tiene un contenido de gluten entre 21 y 100 mg / kg (= 100 ppm).
Logotipo de la oreja tachada que indica un producto "sin gluten".
Además, los alérgenos deben declararse obligatoriamente en todos los productos alimenticios vendidos a los consumidores. Esto se aplica tanto a los productos envasados como a los productos vendidos a granel. Si no hay una etiqueta con los ingredientes en el producto, el vendedor debe presentar una lista que mencione todos los ingredientes contenidos en el producto terminado.
Desde el 13 de diciembre de 2014, estas regulaciones se extendieron a todos los profesionales que fabrican, procesan, preparan o venden productos alimenticios, incluyendo panaderías, pasteles, carnicerías, catering, restaurantes, comedores, guarderías, hogares, etc. Estos establecimientos deben resaltar imperativamente todos los alérgenos reconocidos (incluido el gluten) en su tarjeta o presentar, a solicitud del consumidor, una lista que muestre los alérgenos contenidos en sus productos.
Algunos productores agregan una indicación a la lista de ingredientes como "puede contener trazas de gluten" o "este alimento fue producido y almacenado junto con alimentos que contienen gluten". Esto significa que la contaminación por gluten no puede excluirse durante la cadena de producción, mientras que el producto en sí no contiene ningún ingrediente a base de gluten.